Comunicación Resolución MH-DGA-RES-0055-2024

RESOLUCIÓN DE ALCANCE GENERAL

MH-DGA-RES-0055-2024

SOBRE CAMBIO MOMENTO OBLIGATORIEDAD NOTAS TÉCNICAS.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. San José, a las once horas con cuarenta y siete minutos, del día dieciocho de enero de dos mil veinticuatro.

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

  1. Proceder al traslado de los momentos de obligatoriedad 1 y 2 al momento 5el cual consiste en: “Inspección previa al levante, la obligatoriedad es un requisito que permite la aceptación de la DUA, pero impide el levante, creando una retención en el proceso de la DUA y dejándola en un estado denominado «pendiente de levante» con las siglas PEL, hasta tanto se cumpla con requisito”, de las Notas Técnicas cuyos entes reguladores son el Servicio Fitosanitario del Estado, Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) y el Ministerio de Salud, en todas las aduanas y para todos los regímenes aduaneros, asociadas a los incisos arancelarios que se detallan en el Anexo adjunto a la presente resolución.
  2. Informa a los declarantes que si al momento del registro y aceptación del DUA, ya disponen de la autorización de la nota técnica a las cuales se les está cambiando el momento de obligatoriedad, podrán transmitirla desde el registro inicial del DUA o previo al levante del mismo.
  3. Las Agencias y Agentes de Aduanas y demás Auxiliares de la Función Pública, deberán realizar la correspondiente actualización en el Arancel que cada uno utilice.
  4. Esta resolución podrá visualizarse en la página web del Ministerio de Hacienda, en el enlace:https://www.hacienda.go.cr/DocumentosInteres.html
  5. Comuníquese y publíquese en la página web del Ministerio de Hacienda.
  6. Rige a partir del 21 de febrero de 2024.
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